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Submission Number: 1318
Submission ID: 1341
Submission UUID: bf0ca3fd-c4e7-41e8-bde2-333473bd0962

Created: Jue, 26/03/2026 - 21:26
Completed: Jue, 26/03/2026 - 21:26
Modificado: Jue, 26/03/2026 - 21:26

Remote IP address: 181.53.12.212
Submitted by: Invitado
Language: Spanish

Is draft: No
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Comentario Propuesta de Artículo para el Estatuto Académico: Facultad de Tecnología e Ingeniería por Ciclos Propedéuticos
Análisis situacional
De acuerdo con la presentación de la reforma académica de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, el Artículo 66 (Requisitos para la creación de Facultades) establece en su literal e) la exigencia de: "Demostración de la pertinencia, singularidad, unicidad y no redundancia del campo de formación de la facultad con respecto a los campos de formación que se desarrollan en las demás facultades".

Actualmente, la existencia de una Facultad de Ingeniería convencional y una Facultad Tecnológica cuyo campo de formación es la tecnología e ingeniería por ciclos propedéuticos genera un riesgo de redundancia si no se delimitan claramente sus naturalezas epistemológicas y pedagógicas.

Se propone la inclusión de un artículo específico en el Estatuto Académico que defina la formación por ciclos propedéuticos como un modelo pedagógico y un campo de formación singular, diferenciándolo explícitamente de la ingeniería terminal convencional.

PROPUESTA DE ARTICULO
Se sugiere incluir el siguiente artículo en el TÍTULO CUARTO (SISTEMA DE FORMACIÓN), posiblemente en el Capítulo sobre Organización de los Programas Académicos o como un parágrafo/artículo nuevo en el capítulo de Facultades:
ARTÍCULO. DE LA FORMACIÓN TECNOLÓGICA Y EN INGENIERÍA POR CICLOS PROPEDÉUTICOS.
La Universidad Distrital Francisco José de Caldas reconoce la formación por ciclos propedéuticos como un modelo pedagógico singular y un campo de conocimiento-saber y de formación específico, fundamentado en la articulación complementaria y secuencial en niveles de educación superior (tecnológico y profesional universitario).

Para garantizar el principio de pertinencia singularidad, unicidad y no redundancia, la formación tecnológica y en ingeniería por ciclos propedéuticos se organizará en una Facultad y Escuelas propias.

PARÁGRAFO. Los programas académicos estructurados bajo la modalidad de ciclos propedéuticos estarán adscritos exclusivamente a la Facultad cuyo campo de formación corresponda a esta naturaleza pedagógica y epistemológica, garantizando su autonomía académica y administrativa frente a las facultades de formación terminal.

JUSTIFICACIÓN DEL MODELO:
La formación por ciclos propedéuticos se diferencia de la formación en ingeniería terminal convencional por las siguientes características:

a) Estructura Curricular Secuencial y Complementaria: El diseño curricular permite la movilidad flexible del estudiante, otorgando titulaciones intermedias que certifican competencias específicas para el ejercicio profesional en cada nivel, facilitando la inserción laboral temprana y el retorno al sistema educativo.

b) Áreas de Formación Transversales: El campo de formación se estructura sobre áreas transversales de conocimiento-saber de la tecnología, orientadas a la solución de problemas prácticos del sector productivo y social, integrando el saber hacer tecnológico con la fundamentación científica de la ingeniería.

c) Enfoque Epistemológico: Mientras la ingeniería terminal convencional se centra predominantemente en el diseño, la investigación básica y la concepción de sistemas complejos desde sus primeros semestres, la formación por ciclos propedéuticos parte de la apropiación, adaptación y aplicación tecnológica (ciclos tecnológico) para avanzar secuencialmente hacia la innovación, el diseño y la gestión de sistemas (ciclo profesional).

ARGUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA
1 Cumplimiento del Principio de No Redundancia: El artículo propuesto establece una frontera clara entre facultades. La diferencia no radica en la disciplina (Ingeniería), sino en el modelo pedagógico (ciclos propedéuticos) y el enfoque epistemológico (de lo aplicado a lo complejo y de lo práctico o saber al conocimiento sistematizado disciplinar).
2 Singularidad del Campo de Formación: Al definir los ciclos propedéuticos como un campo de formación en sí mismo, se justifica la existencia de una Facultad propia, cumpliendo con el Artículo 64 y 66 de la reforma.
3 Áreas de Formación Transversales: Se introduce el concepto de áreas transversales aplicadas, lo que permite agrupar programas de diferentes disciplinas ingenieriles bajo un mismo modelo pedagógico, dándole cohesión a la Facultad Tecnológica.